viernes, 29 de noviembre de 2013

BEBIENDO DE SU PROPIA FUENTE (CORACH SOURCE)



Así se expresaba el Dr. Corach durante la ExpoCyT UBA, durante el año 1996 en ocasión de las Mesas Redondas donde participaron junto a él otros prestigiosos panelistas del mundo de la Ciencia y la Tecnología. En el ideario del Dr. Corach estaba muy preciso el hecho de que ya no se use solamente para incriminar sino también para objetar una incriminación (sic)

  
 

CRITERIO DE CRITERIOS:

Todos los sistemas deben dar, nos dice el Dr. Corach, en caso de identificaciones, coincidencia entre sospechoso y evidencia” . Todos los sistemas, todos los sistemas, todos los sistemas… ¡no nos tildamos! nos aferramos al único criterio genético-forense de carácter incriminatorio establecido por el FBI y el recomendado por la Dra. Daniela Insaurralde, del Laboratorio de Posadas, a quien citamos en nuestra publicación ( ver aquí) .

Un CRITERIO, en Ciencia Forense, no es una OPINION ni un PARECER. Es una afirmación sostenida por validación de su propio concepto. El desarrollo de un test de ADN incriminatorio se produce de acuerdo a la cantidad de sistemas, también llamados marcadores que cubren determinadas áreas de la cadena de ADN de la muestra en cuestión. En el caso Ángeles Rawson el laboratorio que dirige el Dr. Corach estableció que la muestra de evidencia incriminatoria se desarrolle en 21 marcadores.

  


Y aquí, en el caso Ángeles Rawson-y vaya a saber cuántos más- el Dr. Corach se metió en un atolladero del cual no puede responder.  Viene en su ayuda el Dr. Gustavo Penacino quien nos CONFIRMA este criterio con estas palabras:  Para que el estudio resulte suficientemente creíble, se acepta a nivel mundial que deben analizarse un mínimo de 12 sistemas de microsatélites, por supuesto, con inclusión en todos los casos

y no solo esto nos dice Penacino, sino que agrega:
 En estudios de identidad entre evidencias y sospechosos:

En estos casos la interpretación es mucho más sencilla, ya que todos los sistemas deben coincidir exactamente para que dos muestras biológicas correspondan al mismo individuo.

Por ejemplo, si se estudia una colilla de cigarrillo, el resultado debe coincidir totalmente con el material sanguíneo indubitado del sospechoso para concluir que pertenece a él.

Aclaramos expresamente que el subrayado de “deben coincidir exactamente” pertenece al autor del artículo y no a nosotros. Puede verificarlo aquí


De estos 21 marcadores destacamos el sistema PENTA D, considerado junto al sistema PENTA E los más específicos en materia de identificación de una persona. Para la muestra que “apareció” en el dedo índice, el marcador PENTA D descarta absolutamente la presencia del portero y se encuentra por ejemplo, un solo alelo, el 14 que pertenece a Ángeles, lo cual no deja de invitar a un análisis particular que no es el objetivo de esta publicación. 



CRITERIOS RENGOS:


Interesante ver cómo se van corriendo esas certezas absolutas del Criterio de Criterios. Una “coincidencia absoluta”…pobre de aquel que tenga la desgracia de tener los mismos alelos de la víctima en algunos sistemas, porque le espera “una incriminación en alto porcentaje”. Y aquí recurriremos a la ciencia del Dr. Veretnik para que nos ilustre sobre una cuestión de neófitos, pues es lo que somos: “De los electroferogramas o gráficos deben surgir las conclusiones fundamentales. Si el test siguió el procedimiento correspondiente no deberían existir picos fantasmas ni alelos que no son registrados como tales. Las impurificaciones terminan siendo comunes cuando se trata de ahorrar tiempo y recursos del laboratorio a expensas de un imputado”

Además hemos destacado en rojo otros datos que nos ofrece el Dr. Corach acerca de lo importantes que son los cálculos estadísticos para establecer el grado de incriminación. Por esta razón decimos que es un CRITERIO RENGO.  Momentos antes se refirió a que no debe haber discrepancia y que, ante la presencia de alguna información no concluyente, la recomendación debe ser DE EXCLUSION, su criterio ahora tiene muletas y se corre para afirmar su teoría sobre las estadísticas.

Dentro de los protocolos o procedimientos internos para cada laboratorio encontramos la elaboración de su propia base de datos poblacionales. Se calcula sobre la frecuencia de los alelos de cada sistema. Si un laboratorio realiza un test de ADN incriminatorio y establece que utilizará un conjunto de sistemas o marcadores de 21 campos, quiere decir que debe contar con la base de datos de frecuencia de todos los alelos que figuran en la tabla. No puede omitir ninguna estadística ya que el resultado de esas frecuencias marca en mayor o menor medida el potencial incriminatorio de la muestra de evidencia y la muestra del sospechoso que debería ser NN en primer lugar, para confirmar lo que el Dr. Corach dijo “la mayoría de las veces trabajamos a ciego”…algo que no sucedió en el caso Ángeles, pues esperaron tener las muestras del sospechoso para extraer las muestras de evidencia de las uñas.

Cómo será de importante mantener la independencia con el caso criminal que hasta hay un foro sobre ese tema: “The need of the “blinds” procedures” (Necesidad de procedimientos “a ciego”), es decir,
a.- que la muestra de evidencia forense debe ser trabajada en primer lugar,

b.- luego se deben comparar los datos extraídos con la base de datos poblacional de personas con antecedentes criminales y

c.- en tercer lugar –y en otro momento, no en simultaneo- concatenar datos de probable sospechoso con los datos de la muestra previo haber informado a su referente judicial que va a consultar datos poblacionales en general. Por supuesto, procedimientos que en otras partes del mundo se realizan y son parte de los PROTOCOLOS JUDICIALES.


Remarquemos por lo tanto que el Dr. Corach establece un primer criterio a saber: “cuanto más frecuente sea el alelo, menos incriminatorio es” Por supuesto, no es un criterio propio, de su propio protocolo, sino que hablamos de “conceptos de principiantes” como dijo la Dra. R.C.




Como científico acostumbrado a los tests de paternidad, razón, causa y motivo  de su trayectoria, no puede dejar de  encuadrarse en un discurso sobre estadísticas de alelos amerindios. Esto es lo que en general sobresale de sus intervenciones y acota “un bajo nivel incriminatorio” si la frecuencia de los alelos es alta, o sea que es compartida por muchas personas


DE REPERICIAS Y ERRORES

Absolutamente cierto esto de que la contrapericia es fundamental. En aquel lejano 1996 era otro Corach el que hablaba en la Mesa Redonda. Un criterio riguroso de “no implementar procedimientos como se le dé la gana, sino aquellos que estén validados” Entonces, qué llevó a cambiar a este hombre sujeto a la ley y al derecho de los debidos procesos?

El Dr. Corach debió informar al Cuerpo Médico Forense –su interlocutor judicial- que la muestra de evidencia (contenido de hisopado subungueal) era insuficiente pues debía dejar constancia COMO LABORATORIO ASPIRANTE A ACREDITAR LA AFAMADA ISO 17025. ¿Lo hizo? ¿LO informó y el juez no tuvo conocimiento? ¿Dejó constancia ESCRITA de la irregularidad en su informe pericial?


Esto de desechar material para impedir contrapericia es algo frecuente, y no decimos específicamente del SHDG sino de otros más vinculados al Poder Judicial. Y al ejemplo reciente nos remitimos: El caso de las Turistas Francesas. Uno de los imputados requirió contrapericia por intermedio de su defensor y dieron con que en Salta ya no existía material genético. Finalmente tuvo que hacerlo pedir a Francia, y el Ministerio de Justicia francés envió las muestras hacia Salta. “¿Ayudar al imputado a demostrar su inocencia?” dirá ud. No. Eso se llama en cualquier parte del mundo menos en Argentina GARANTIZAR LOS DEBIDOS PROCESOS CONSTITUCIONALES.


Alertas fueron encendidas con el caso Ángeles y desde ahora ya no habrá abogados enceguecidos con un informe genético circunstancial. Prácticas que hasta ahora poco cuestionadas serán en adelante férreamente contrastadas y exigidas por los letrados.”En cada informe se escribe con qué sistema se usó para que quien quiera repetir el estudio PUEDA HACERLO…” nos recuerda el Dr. Corach.




De la talla del  Dr Corach se encuentran varios científicos, como el dr. Gustavo Penacino, Director del Laboratorio del Colegio de Bioquímicos y Farmacéuticos y que nos dejara en el sitio web www.slagf.org un interesante escrito sobre las implicancias de la inescrupulosidad de algunos laboratorios. En su documento nos refiere que 


a)      Existe ceguera periodística y jurídica ante determinados parámetros citados en los informes de peritaje forense de ADN, como en el caso de los reportes de porcentajes de inclusión/exclusión en una muestra de carácter incriminatorio

b)      Existe la gran posibilidad de errores en la recolección de muestras y cadena de custodia de las mismas. El juez, como primer responsable del peritaje debe arbitrar los medios para que así no suceda. Y aquí nos viene a la memoria el fallo denegatorio contra la nulidad por cadena de custodia de nuestro caso particular de Ángeles Rawson y no podemos evitar una risita contenida al imaginarnos que sería DE OTRO PLANETA que algún juez reconozca que SU PROPIA PERICIA estuvo mal realizada. Desconocemos sobre instancias legales pero tal vez por sentido común el más indicado para juzgar si es o no conducente el planteamiento sería OTRO JUEZ y no el propio DIRECTOR DE LA PERICIA. No se le pregunta al zorro si nos robó las gallinas, diría la abuela.

c)       Errores en la interpretación de los resultados ya sea por direccionamiento investigativo o bien por inexperiencia del operario que realizó la prueba. ¡Y cuánto de esto habrá! El SHDG es un laboratorio situado en un campus universitario; depende de una Secretaría de Ciencia y Tecnología; forma parte de la oferta educativa de la Facultad de Farmacia y Bioquímica de la Universidad Nacional de Buenos Aires. Ergo, NO ES UN LABORATORIO PRIVADO. Penacino habla de “amplificaciones selectivas” que indican que a determinadas muestras ¿se les aplica “protocolo selectivo”?         Y recién nomás nos acordamos que el Dr. Peretta, dirigente gremial de la Facultad de Farmacia y Bioquímica, sorprendía a todos en un debate televisivo con su frase: “Es que no sé cuál fue el protocolo PARA ESA MUESTRA”, refiriéndose al caso de Ángeles Rawson. Duro es para la gente que no sabe nada entender la magnitud de este sincericidio. No deja de ser esto materia para otra publicación pero adelantamos que para el tiempo de la prueba de ADN del caso Ángeles, el protocolo publicado en el sitio oficial con el juguete nuevo, el ABI3500, NO FIGURABA en aquel tiempo. Recién a partir de octubre actualizaron datos del equipamiento.


Y ya para ir cerrando, nuestra conclusión:


Resulta anecdótico el tratamiento que recibe el Servicio de Huellas Genéticas Digitales. No hay nadie que se atreva a hacerle frente, aún sabiendo de sus errores y despistes.

Que el Dr. Corach sea un hombre de ciencia respetado en la comunidad, nadie lo niega. Pero de ahí a sostener con descaro que “TRAYECTORIA DE 20 AÑOS SIN NINGUN ERROR” es

a.      Desatinado, absurdo e infantil y deberían hacerse cargo de lo que dicen.

b.      Inconsistente por su propio contenido afirmativo. Esa palabra “jamás” o “nunca” es propia de soberbios.

c.       Por suerte no es el propio Corach el que lo afirma sino el séquito de aduladores que tiene a la vuelta. Al principal y único proveedor de resultados genéticos forenses del Cuerpo Médico Forense de la Nación, una mancha (y que las tiene) en el legajo implica poner en riesgo LA CREDIBILIDAD de cualquier acto de la Justicia.

d.      Si con tanta soltura de cuerpo y amparados en “sano juicio” son capaces de AFIRMAR tal cosa, imagínese ud. las chances que le quedan cuando le toque estar del otro lado de la vereda: cuando le llueva una causa, se le instale una persecución para que se haga cargo de un crimen, de un delito, cuando no tenga ni siquiera EL DERECHO A UNA CONTRAPERICIA, porque, como lo afirmó la Dra, R.C. perito oficial, “se agotó la muestra porque se la utilizó para imputar” 
¿    ¿No era más facil decir "El técnico de mi laboratorio es TAN EMPLEADO DEL GOBIERNO COMO YO"? "No puedo hacerme cargo de lo que otros hagan". "Aquí el que tiene que declarar es el técnico, el otro empleado, no yo". 
      Infantilismo de nuestra parte imaginarnos un escenario de fidelidad a la ética profesional y HUMANA pero no IMPOSIBLE, pues hay gente que lo hizo y que lo hace, gente íntegra en sus valores, diáfana en sus procederes, recta en su pensamiento y en sus actos.



¡Adiós, CRITERIO DE CRITERIOS! Un criterio que excluye cualquier interpretación ambivalente, confusa, tendenciosa y que se reduce a esta máxima: ABSOLUTAMENTE TODOS LOS SISTEMAS DEBEN SER COINCIDENTES. TODOS, TODOS, TODOS, TODOS


Moraleja: 
¡¡¡NO NOS VENGAN CON CUENTOS!!