lunes, 13 de abril de 2015

OPINIONES DESTACADAS I

POR EL DR. DANIEL ARECHEA (Opinión del año 2013)


ANGELES: CRIMINALIZACIÓN MEDIATICA, OPERACIONES DE PRENSA Y OPINIÓN PÚBLICA. HIPÓTESIS.
Asistimos a un total desplazamiento EN LOS MEDIOS de cualquier tema de “INTERÉS PÚBLICO”, por la presencia del caso ÁNGELES, en la “OPINIÓN PÚBLICA”.
NO ES CIERTO que la gente circule por la calle preguntando a cuanto referente mediático encuentre, “QUIEN ES EL CULPABLE”. Quienes así lo sostienen y por los medios así lo propalan, son casualmente “REFERENTES” mediáticos de la nada.
Periodistas tales y entre otros como kablan, Zeta (C5N); Carabajal (Canal 26); Favale, Caruso, Pastor (A24, América), entre otros “OPERARON” con sus opiniones para desinformar y su total falta de escrúpulos para informar les valió su actual “rating” en el cual el aserto es “SI QUERES SABER LO QUE NO ES, ESCUCHALOS”.
Periodistas de box (deporte devenido a menos), ahora “periodista de policiales y judiciales” sin causa ni conocimientos, tal como un tal Favale, dicen a su vez para justificar su propia desinformación que es objeto de “OPERACIÓN”. Pretende justificar su “labor” mediante el aserto “EL OPERADOR, OPERADO”.
Periodistas “VIVOS” y con propia producción, “OPERARON Y OPERAN”, pero sin dejar de criticar en alguna medida (ensombrecer) su propia “OPERACIÓN”. Tales son los casos de Samuel (Chiche) Belblum y Mauro Viale. Primero el "rating" después todo lo demás.
Periodistas “destacados y reconocidos” hoy aparentemente enfrentados por cuestiones ideológicas o no se que, tales como Victor Hugo Morales y Jorge Lanata, tuvieron quizás y en mi conocimiento, una única coincidencia destacable para sus discursos mediáticos de los últimos tiempos y la misma fue: “EN EL CASO ÁNGELES LA OPINIÓN PÚBLICA ESTÁ EQUIVOCADA”. Porque convengamos que si de señalar a dos operadores mediáticos, estos dos “GANAN Y POR VARIOS CUERPOS DE VENTAJA”. Maestros de la “OPERACIÓN Y DESINFORMACIÓN”.
Impresentables “periodistas” se presentan, como un tal Doman y Feinman, dando marco al triste espectáculo del periodismo actual, opinando sobre el tema sin ton ni son. Este tal Feinman, al que a veces lo llaman “Doctor”, en un quizás equivocado sobre entendimiento de mi parte de que se trata de un Abogado, y si ese fuera el caso, no se cansa de demostrar que si “pasó” por la carrera de Abogacía no aprobó ni el curso de ingreso y que solo se limitó a “pasar” por la puerta del ente que penosamente y para el desprestigio del mismo nombra el mismo Sr. Feinman, pero queda más que claro que ingresar al Centro de Estudios NUNCA. QUIEN LO BANCA A ESTE?
El “Cuadro de Situación” se completa con una caterva de “PANELISTAS”, “OPINADORES PROFESIONALES” cuya más fuerte intensión en el verter de sus opiniones, es demostrar que de PROFESIONALES no tienen nada. “MERCACHIFLES CON TÍTULOS” que se encargan de refrendar con sus opiniones “LAS VACÍAS Y POR LO GENERAL EQUIVOCADAS AFIRMACIONES” de los “conductores” periodísticos de esos programas a los que son convocados. Me dicen que a estos impresentables los canales no les pagan y que su aparente rol de “colaboradores” en realidad encubre un presunto “MARKETING” de sus eventuales prestaciones “profesionales”. Esta “caterva” integrada por Abogados, Psiquiatras, ex miembros de Fuerzas de Seguridad, ex jueces, etc. deambulan como un “CIRCO” por los canales de televisión. Su rol es el del payaso que con un léxico poco depurado desde lo profesional, intentan dar contexto a los “desinformados” y “operadores” que conducen los programas de los cuales participan. LAMENTABLE.
Se dice que la causa tiene DOS EXPEDIENTES. Uno el del Poder Judicial otro el de los MEDIOS. MENTIRA. El expediente de los MEDIOS es el que construyen los MEDIOS, con piezas del EXPEDIENTE OFICIAL, más los trascendidos que sobre el mismo A LAS PARTES les conviene, conforme a sus fines, DAR A CONOCER.
LA OPINIÓN PUBLICA, pese al notable esfuerzo por lograrlo, no pudo ser MANIPULADA. El miserable y extenso palabrerío tanto de la VERSIÓN OFICIAL y de la MEDIATICA, de la causa carecen de total CREDIBILIDAD PÚBLICA. Yo decía en un post anterior “DOS PUNTAS TIENE EL CAMINO, Y EN ELLAS DOS ALGUIEN QUE AGUARDA”: Como debe interpretarse esto. NINGUNO DE LOS DOS EXPEDIENTES CITADOS, explican razonablemente NI COMO DESAPARECIÓ ni COMO APARECIÓ la VÍCTIMA. LA DESAPARICIÓN (en Ravignani), surge de una hipótesis que a su vez se funda en supuestos, conjeturas, en la interpretación de lo que nadie vio ni escuchó. En definitiva supuestos de supuestos de supuestos. Acerca de la APARICIÓN (Ceamse de J.L. Suarez), solo voy a comentar que si procedemos a la lectura en el EXPEDIENTE OFICIAL, de las tareas de reconocimiento de la víctima, rápidamente y con todo respeto hacia la víctima, hasta podríamos llegar a dudar de que la VÍCTIMA SEA LA VÍCTIMA. De mi lectura surge que lo único indubitable que surge del “relato” del reconocimiento es la vestimenta de la víctima, vestimenta que identifica el Colegio al cual asistía la misma. La posterior y reciente publicación y/o divulgación de más de 100 fotos, no se con que fin se hace esta divulgación y/o publicación, solo sirven para mostrar a la "OPINIÓN PÚBLICA" la VIOLENCIA a la que fue sometida la víctima, VIOLENCIA que llegó hasta DESFIGURAR su rostro tornándolo en irreconocible.
CASO ANGELES Y LAS HIPÓTESIS DEL HECHO.
Llama la atención que “EL EXPEDIENTE” solo esté basado y desarrollado en la existencia de una sola “HIPÓTESIS” y que el mismo tenga absolutamente identificada a “LA VÍCTIMA” y al “VICTIMARIO”. Este “expediente” está tan direccionado, que lo único cierto por lo conocido del mismo y sus trascendidos es la “VICTIMA”. Tan direccionado digo es este expediente que hasta en algún momento dudé hasta la que la “VICTIMA” fuese la “VÍCTIMA”.
En el medio de los dos extremos del expediente (“Cámara; Cinta”) se acumulan más de 2.400 fojas que de alguna manera intentan sin lograrlo construir una EXPLICACIÓN de lo sucedido, construcción tan anárquica que hasta diría OFENDE al “SENTIDO COMÚN”. Y en esa “OFENSA” se encuentra el inusitado “INTERÉS PÚBLICO” que despertó la causa, interés que lo podemos resumir en “NO NOS TOMEN DE BOLUDOS” o en “NO COMEMOS VIDRIO”.
Un “CORO” de impresentables dan marco a la divulgación e instalación de esta la “HIPÓTESIS O VERSIÓN OFICIAL”. Con información parcial, sesgada, contradictoria, equivocada, se pretende “EXPLICAR LO INEXPLICABLE” (en la hipótesis). De vez en cuando tratan de “lavar” la suciedad de sus pensamientos y actuaciones ofendiendo a la víctima diciendo: “no nos olvidemos que la víctima tenía 16 años”.
Periodistas, Panelistas de profesiones varias, con sus “tristes” tarjetas de más de 25 o 30 años de experiencia, videntes, ex jueces, ex miembros de fuerzas de seguridad entre otros, se convocan para formar parte de un “GRAN CIRCO MEDIÁTICO”, que tiene la principal característica de estar formado por “PAYASOS” que en su deambular por los “MEDIOS”, solo saben INDIGNAR por su absoluta falta de respeto a la “VICTIMA”. Esta caterva de impresentable nutrió y nutren el decretado “CARNAVAL MEDIATICO”, al efecto de “SOSTENER LO INSOSTENIBLE” en la “HIPÓTESIS OFICIAL” (“EL EXPEDIENTE”).
Esa “HIPÓTESIS OFICIAL” es unidireccional y pretende (no lo logra ni por las tapas) establecer una “RELACIÓN UNÍVOCA” entre la Víctima y el Victimario (PRESUPUESTO). Esta construcción se funda en el principio “CON LO QUE HAY BASTA, Y SI NO BASTA, LO QUE FALTA LO INVENTAMOS” (total la gente que sabe). LAMENTABLE.
Por mi estructura de pensamiento el análisis de las causas las llevo siempre al campo de la “LOGICA” y dentro de la misma la represento con estructura de TEOREMA, entonces compuesto por: 1. HIPÓTESIS; 2. TESIS Y 3. DEMOSTRACIÓN.
La “HIPÓTESIS” contiene a lo conocido e indubitable; La TESIS, contiene al aserto objeto de la deducción afirmativa objetiva / subjetiva, y la DEMOSTRACIÓN es el conjunto que partiendo de las hipótesis y su interrelación con lo conocido, permite concluir unívocamente lo sostenido en la TESIS. Es solo un método. Hay otros. Es de base matemática, pero sabiendo que. por ejemplo en el sistema decimal uno más uno es = a 2; pero en el sistema binario 1+1 no es igual a 2.
En este esquema y volviendo al caso ANGELES, el error de base es haber incluido en la TESIS, argumentos subjetivos propios de la HIPOTESIS, de donde por lógica consecuencia del uso del método, los mismos terminan incluidos en la DEMOSTRACIÓN. De donde para cualquier Juez que haya incluido entre sus conocimientos “LÓGICA Y METODOLOGÍA DEL CONOCIMIENTO” o haya participado del conocimiento de la “POLITÉCNICA DE PARÍS”, tardaría no más de cinco (5) segundos en desechar el auto de procesamiento y detención decretado en la causa y esto más allá del derecho del juez de valorar o no los antecedentes del mismo. Aprovecho para decir que los que sostienen que “CONOCEN LA CAUSA”, porque leyeron el auto de procesamiento y detención o el escrito de la Defensa deduciendo NULIDADES, son unos impresentables que si tienen título de Abogado, el mejor lugar que tienen para exhibirlo es en el baño e incluso utilizarlo ante una emergencia por falta de papel higiénico. Les garantizo que es el mejor uso y exhibición que a su “titulo” le pueden dar.
Esta “HIPÓTESIS OFICIAL”, se intenta fundar en todo y absolutamente todo, exclusivamente en un presunto análisis criminalístico (adn) de donde y por tanto ya podemos deducir que de persistir en este único tipo de análisis, en la causa no existirá explicación ni “PARA EL CUANDO”; ni “PARA EL DONDE”, ni para el “COMO” ni para el “PORQUE”, salvo que una prueba de “adn” por ERROR INVOLUNTARIO (muy de moda en la causa) que aparezca, demuestre lo contrario. Ya está “decretado” también que “con lo que hay basta” para condenar y el que quiera saber más que suponga con toda tranquilidad, que tiene todo el derecho para hacerlo.
En resumen si algo podemos asegurar, visto lo que visto está y el como va sin atisbo de “baño de verdad”, ya estamos en condiciones de avizorar que la causa va derecho a la IMPUNIDAD, aunque incluso en el caso haya un CONDENADO DE POR VIDA. Al respecto si bien en esta etapa existe sumo interés que el SOSPECHOSO no muera (o se suicide esto consta en el expte.), en el futuro este interés ha de mutar al de cuanto antes MUERA, mejor. “EL TIEMPO ES ÍNTIMO AMIGO DEL OLVIDO”.
Luego de este “triste” y destructivo comentario de mi parte, me pregunto si no tengo nada que aportar acerca de otras posibles “HIPÓTESIS” investigativas y entonces allá voy.
Aclaro que: 1. Solo conozco las piezas que “las partes” para sus fines quisieron divulgar y los trascendidos que por intencionalidad su contenido de verás lo divido por dos y del resultado solo tomo el 50 por ciento, después de mirarlo con “cariño” y 2. Lo mio es lo Penal Económico y Fiscal, ámbito sencillo desde lo subjetivo porque la premisa es “todos somos culpables de elusión y evasión”, por lo menos aquí en Argentina. Entonces no tengo ni 5 ni 10 ni 20 ni 50 años de “experiencia” que “avalen” (jajaja) mis asertos sobre la causa. Opino desde la simple lógica de un ciudadano común y corriente, fumando un cigarro en el jardín de mi casa. Para Mauro Viale estoy totalmente descalificado para opinar (si, dale que te escucho).
Entonces y en consideración, en mi opinión es posible desarrollar “DOS HIPÓTESIS” sobre la causa a saber: 1. “HIPÓTESIS INTRA FAMILIAR”; 2. “HIPÓTESIS DE VENGANZA”.
Quiero decir que en mi opinión ninguna de mis dos HIPÓTESIS excluye al ENCARGADO en cuanto a su vinculación con el hecho. Sin embargo su vinculación no sería en mi apreciación de AUTORÍA, sino que le cabría el rol de PARTICIPE SECUNDARIO O CÓMPLICE O ENCUBRIDOR.
EL ENCARGADO TIENE MIEDO? NO LO DUDO, TIENE MIEDO y ese miedo en mi opinión es lo que lo vincula. El o los AUTORES, además de posiblemente amenazarlo en mis “hipótesis”, le demostraron con HECHOS de su capacidad de daño, daño que ya soportó la víctima y que sin “problema” puede/n hacer extensivo a su persona y/o a su esposa y/o familiares. Llama la atención el gran nivel por calidad y cantidad de su Defensa. Es parte de una estrategia que incluye su vinculación con en el hecho?. El ENCARGADO no declara (derecho que le asiste) y tampoco se somete a pericias sobre su personalidad y aspectos sexuales (solicitud que reconoce origen en la actividad de la Querella y negativa en el derecho que lo asiste), de donde su derecho de negativa y que la misma no constituye presunción alguna en su contra, se ve absorvida por "el que calla, otorga".
PORQUE NO DECLARA EL ENCARGADO?. La respuesta es sencilla: 1. NO SABE NADA, cosa que dudo o 2. NO ES OPORTUNA SU DECLARACIÓN: La Defensa se atribuye la decisión. Y entonces me pregunto: QUE VALOR TIENE ESTA DECLARACIÓN EN ESTA ALTURA DE DESARROLLO DE LA CAUSA? y mi respuesta es NINGUNA. CUAL SERÍA LA VALORACIÓN QUE DE LA MISMA HARÍA EL JUEZ, después de lo actuado? NINGUNA. Entonces y en todo caso la Defensa se reserva el uso del derecho hasta eventualmente el momento del Juicio Oral que incluso pienso que probablemente nunca llegará.
Y no llegará porque las NULIDADES PLANTEADAS algunas son insalvables y van hasta salvar en mi opinión posibles presuntas resoluciones corporativas de alzadas. Hay planteos de INCONSTITUCIONALIDAD que de ninguna manera se pueden dejar de considerar. Incluso hay otros PLANTEOS DE INCONSTITUCIONALIDAD viables, que no han sido realizados (Error o estrategia de la Defensa). Tanta eventual incompetencia de funcionarios del Poder Judicial, es imposible de entender. Su existencia llama la atención, máxime de funcionarios con experiencia concreta. Con la "incompetencia" también se encubre.
“LA HIPÓTESIS INTRA FAMILIAR”: Su NO desarrollo solo está fundado en una Testimonial, que tiene mas dudas que certezas. La prestada por la Empleada Dominga. Sí eventualmente la empleada NO estaba en el departamento a las 09:55 del 10 de Junio, es circunstancia suficiente para que esta HIPÓTESIS tenga “vía libre” en su desarrollo. La presencia de un Estudio de renombre en el asesoramiento de la Testigo en esta etapa del proceso y tratándose de una mera Testimonial, dan marco suficiente para evaluar la probabilidad de la HIPÓTESIS. La ventana horaria de las 09:50 del 10 de Junio a las 11:20 del 11 de Junio tiene una amplitud tal que permite considerar esta hipótesis. Recordemos que la denuncia por “averiguación de paradero” de la víctima fue realizada a las 01:00 del 11 de Junio y no concretada por un familiar conviviente de la víctima. A mi gusto demasiado tiempo atribuible a desaprensión, normalidad, desatención o encubrimiento?
“LA HIPÓTESIS DE LA VENGANZA”: Esta HIPÓTESIS en mi opinión tiene un sustento básico. EL HECHO CRIMINAL OCURRIÓ fuera del EDIFICIO. A lo sumo la víctima pudo haber entrado y salido con vida y por sus propios medios. Nótese que la en mi opinión INDEBIDA presunción de ingreso al EDIFICIO de la víctima, OBLIGA a la construcción de la presunta ocurrencia de hechos, en lugares de imposible ocurrencia de los mismos, sobre bases absolutamente conjeturales que por lo visto hasta hoy prácticamente nunca constituirán prueba. Al respecto solo se "producen" indicios no conducentes y descartables. Es a todas luces más sencillo y probable a toda lógica, sostener que si la víctima ingresó, salió por sus propios medios del EDIFICIO, que sostener que ingresó por sus propios medios y luego no saber como salió. Es aun más lógico suponer frente a la hipótesis oficial que la víctima nunca ingresó al EDIFICIO. En resumen a esta altura si no puedo saber como y cuando salio del EDIFICIO, debo suponer: a. Que si ingresó, salió por sus propios medios o b. Que nunca ingresó. NO LES PARECE?.
Fíjense: “Dominga, si estaba no vio ni escuchó nada”; La empleada del Departamento B de la planta baja no vio a nadie ni escuchó nada, llegó al edificio a las 09:45 del 10 de Junio; El Encargado del Edificio vecino no vio ni escuchó nada anormal. Y luego todo el incordio: Si entró donde fue el lugar del crimen, como es que nadie escucho nada si la víctima recibió una tremenda golpiza antes, para luego ser sacada del EDIFICIO vaya a saber uno en que estado y como la sacaron, para ser depositada en el Circuito de la Ceamse; etc., etc., etc. Entonces convengamos que de mínima, si suponemos que la víctima salió por sus propios medios del EDIFICIO, nos ahorramos mucho palabrerío inconducente, salvo para construir un “relato novelado”.
Para avanzar en la “HIPÓTESIS DE LA VENGANZA” voy a fundarme en las declaraciones periodísticas realizadas por el Dr. MÉNDEZ, médico psiquiatra de la Defensa, declaraciones que le valieron una fuerte recriminación “visual” de parte del Dr. BIONDI en la entrevista. El Dr. MÉNDEZ declaró que en su opinión LA TREMENDA VIOLENCIA a la que fue sometida la víctima antes de su muerte la caracterizó o le reconoció, “HISTORICIDAD DEL ODIO” que la motivó.
Ahora con esta afirmación de “hipótesis” el problema que surge es intentar justificar como una persona de 16 años pueda con su conducta generar en una persona un “ODIO” tal que resulte capaz de generar en otra persona o en una tercera vinculada o contratada, en su sano juicio o perdido, una VIOLENCIA de magnitud tal como para causar el DAÑO humano material que le provocó a la víctima.
En este contexto y siempre en mi criterio de descartar lo no obvio o intrincado voy a concluir que LA VIOLENCIA desatada sobre la víctima tiene un DESTINO tercero a ella misma. La víctima en mi opinión fue UN MEDIO sobre el cual descargar ese ODIO y destinado a provocar SUFRIMIENTO ETERNO Y LATENTE, a un tercero vinculado afectivamente a la víctima y que cargará en su conciencia la culpa por lo acontecido por el resto de su vida. Esta tercera persona sabe perfectamente a QUIEN VA DIRIGIDA LA VENGANZA Y EL PORQUE DE LA MISMA.
Siempre en mi opinión, LA MUERTE DE LA VÍCTIMA ESTABA INCITO EN SU SECUESTRO PREVIO. Delito planeado, organizado, coordinado y controlado, todo en forma previa a su concreción. De las hipótesis que al respecto se han vertido y vinculada a esta hipótesis, deshecho que se trate de un “secuestro al boleo” y sí le adjudico cierta probabilidad al “secuestro extorsivo” no satisfecho, seguido de “venganza cumplida por incumplimiento” (VENGANZA NO CONVENCIONAL: Propia del Crimen organizado y señalizado).
Desde el punto de vista “SUBJETIVO”, como ustedes apreciaran en las “HIPÓTESIS PLANTEADAS”, NADIE SE ENCUENTRA EXCLUIDO, en cuanto a AUTORÍA, PARTICIPACIÓN Y/O COMPLICIDAD, refiere. Respecto al “Padrastro”, el VIDEO DEL BANCO, no lo exime de nada. LA VENTANA HORARIA de 09:50 del 22:05 del 10 de Junio extendible siempre en mi opinión a las 11:20 del 11 de Junio, me eximen de cualquier comentario al respecto. Dicho sea de paso NO ENTIENDO cual fue la intención al darlo a publicidad (el video del Banco). Si la intención fue desvincular al “Padrastro” de la causa, el camino me resulta “infantil”.
MITOS DE LA CAUSA.
Ya abordamos antes el asunto de la DESAPARICIÓN de la víctima, primer “mito”. Al respecto si decimos que la víctima “desapareció” en el AIRE, la aseveración tiene más consistencia que todo lo que se dice al respecto en la causa (INTERCEPCIÓN, etc). Luego esgrimiré alguna opinión. Pero sostengo que algo no es desechable por “sencillo”, sino por ilógico.
El otro mito es el de la APARICIÓN de la víctima en la cinta transportadora de residuos de la Ceamse en J. L. Suarez. Antes que nada entiendo que debe desecharse de plano la hipótesis de que la INTENCIÓN fue la de DESAPARICIÓN DE LA VÍCTIMA, en el relleno ecológico.
Dice el auto de procesamiento y detención:
…..“Para ello el imputado la ató de pies, manos y muslos, le colocó una bolsa plástica de nylon color verde en la cabeza con la
inscripción “Día%” así como una soga con varios nudos alrededor del cuello y en ese estado la puso en una bolsa de consorcio de color
negra, para luego introducir a la víctima en el circuito de recolección y procesamiento de residuos del CEAMSE, cuyas maquinarias de compresión le causaron lesiones vitales, ………, lo que causó la muerte a A. R..-
La menor fue hallada sin vida el 11 de junio de 2013, alrededor de las 11.20 horas, en el predio del CEAMSE sito en la localidad de José León Suárez, partido de General San Martín, Provincia de Buenos Aires, por el empleado L. S. G. mientras se hallaba abocado a sus funciones de separación de residuos que pasan por una cinta transportadora en la Planta MBT (Tratamiento Mecánico Biológico), en la línea de procesamiento identificada con el número tres (3), del sector de separación de material residual.-“.
Luego agrega en la “PRUEBA”.
……. “que aproximadamente 11.40 hs. del día 11 de Junio de 2013, se tomó conocimiento que en la Planta MBT del
predio del CEAMSE del Complejo Ambiental Norte 3 de la localidad de José León Suárez, Provincia de Buenos Aires se había hallado el
cuerpo sin vida de una persona del sexo femenino…..
…….Acto seguido, relataron haber entrevistado al gerente de Nuevas Tecnologías y Control Ambiental del CEAMSE M. E. R., quien
les brindó información acerca del circuito de recolección y procesamiento de residuos, desde la ciudad de Buenos Aires hasta la
planta procesadora en la que el cuerpo de la víctima fue encontrado; ……
……En dicha oportunidad, se obtuvieron muestras sobre el cuerpo sin vida de la víctima y se realizaron los procedimientos de
hisopado en las partes íntimas, dejándose constancia por otro lado, del examen realizado ……..-
…….Finalmente, se asentó que de acuerdo a la vestimenta, a la fisonomía y a la contextura física, el cuerpo pertenecería a quien
en vida fuera A. R..-
……Aclaró que ese día ingresaron en horas de la mañana cerca de veintitrés camiones de transporte de residuos, por lo que no
pudo precisar de cuál camión salió el cuerpo. Explicó que el reciclado de residuos se realizaba inmediatamente luego de la llegada de los camiones y que la actividad es continua, razón por la que señaló que no resultaba posible que el cuerpo de la víctima haya ingresado a la planta de procesamiento el día anterior a su hallazgo.-”
AL RESPECTO: “El circuito de recolección y procesamiento de residuos del Ceamse”, NO EXISTE, tal como lo expone el auto de procesamiento.
El CIRCUITO implica la existencia de bolsas en la calle y/o containers y/o volquetes y camiones de transporte de recolección de residuos domiciliarios al Centro de Transferencia (Colegiales en la causa), transporte en camiones / containers a José León Suarez, tratamiento (separación, clasificación, compactación) de residuos y destino final de residuos, destino dentro de los cuales se encuentra el de RELLENO ECOLÓGICO, entre otros.
NO EXISTE PRUEBA ALGUNA, que ratifique o haga presumir que el cuerpo de la víctima haya sido introducido en el “CIRCUITO DE RECOLECCIÓN Y PROCESAMIENTO DE RESIDUOS DEL CEAMSE”. No existe evidencia alguna del "movimiento" de la víctima dentro del "CIRCUITO". Y anterior tampoco.
SOLO SE ENCUENTRA PROBADO que “La menor fue hallada sin vida el 11 de junio de 2013, alrededor de las 11.20 horas, en el predio del CEAMSE sito en la localidad de José León Suárez, partido de General San Martín, Provincia de Buenos Aires, por el empleado L. S. G. mientras se hallaba abocado a sus funciones de separación de residuos que pasan por una cinta transportadora en la Planta MBT (Tratamiento Mecánico Biológico), en la línea de procesamiento identificada con el número tres (3), del sector de separación de material residual.-“.
Entonces, no es más sencillo y obvio presumir que el CUERPO DE LA VÍCTIMA fue trasladado directamente desde la escena primaria del delito a la PLANTA DE TRATAMIENTO DE JOSÉ L. SUAREZ?. Por lo menos digamos que la presunción es más lógica, que suponer lo que nunca se pudo o podrá probar.
Por otra parte simplemente observando las filmaciones de TV, se podrá concluir que a la CEAMSE de J.L. Suarez, no solamente ingresan y lógicamente egresan LOS CAMIONES CONTAINERS DE LOS CENTROS DE TRANSFERENCIAS. También se pueden observar el tránsito de camiones y camionetas que no responden a las características de los de la CEAMSE.
AHORA, los residuos son CLASIFICADOS antes de definir su destino final. Los residuos se clasifican en húmedos y secos; reciclables y no reciclables, de primera o de segunda según de donde procedan. En consideración a esta clasificación podemos inferir que la aparición de la víctima en la “cinta n° 3 de separación residual”, fue el destino previsto por el/los victimarios. La aparición de la víctima en el RELLENO ECOLÓGICO NUNCA FUE EL DESTINO PREVISTO. Sí fue previsto SU MACABRA EXPOSICIÓN (otro mensaje).
Del mismo auto de procesamiento y detención y de las declaraciones de responsables valoradas, se puede deducir que LA PLANTA DE TRATAMIENTO DE LA CEAMSE es de PROCESO CONTINUO, de donde la llegada del cuerpo de la víctima a la PLANTA, ocurrió en un horario muy cercano al de su hallazgo (cuestión nunca investigada). ENTONCES y en mi hipótesis: DONDE Y EN QUE ESTADO ESTUVO LA VÍCTIMA desde su desaparición hasta su hallazgo?
LA ESCENA PRIMARIA DEL HOMICIDIO NO SE PUDO DETERMINAR, LA SECUNDARIA NO SE INVESTIGÓ. ENTONCES A QUE APUNTA ESTA INVESTIGACIÓN?