viernes, 27 de marzo de 2015

Qué impugnar en un estudio de ADN

El uso y abuso de las pruebas genéticas aplicadas en el ámbito forense y criminalístico llevó a arrastrar a masas de personas relacionadas al ámbito judicial al pensamiento "implantado" que en cuestiones de genética "está todo dicho y que las pruebas son irrefutables".
En otros artículos de estas publicaciones hemos abordado ampliamente numerosos aspectos técnicos y sobre todo de sentido común que NO DEBERÍAN FALTAR en cualquier análisis aún superficial del tema. 
Acompañado de una publicidad viciada de falsedades por parte de la prensa, pareció querer instalarse en la sociedad una idea que con el tiempo dio paso a uno franco cuestionamiento de los resultados. 
El artículo de hoy es para retomar de una muy interesante publicación de los Cuadernos de Medicina Forense, los principales planteos de impugnación de estudios de ADN. 
Esta publicación firmada por Renella, Eleta y Sotelo Lago, especifica sobre los apartados que se tuvieron en cuenta para estudios DE FILIACIÓN. Lo cual no quiere decir que no puedan ser aplicados para causas penales. Por el contrario, estos argumentos que de por sí son sólidos, se adaptan perfectamente a nuestro caso  y a varios más. 
El Doctor Corach en alguna oportunidad declaró que por ignorancia de los abogados no se cuestionan las pruebas de ADN y puntualizó que "hasta aquel momento" nadie le había objetado nada. 
Unos años después, durante el juicio oral por el crimen de las turistas francesas, la magistral intervención del Dr. Raimondi permitió demostrar, GRACIAS AL RESGUARDO DE MUESTRAS PARA REPERICIA, que los imputados eran inocentes. Pulgar para abajo para Corach, año 2013-2014. 
Nuestro caso puntual de Angeles Rawson nos dio pie a múltiples publicaciones con la extraordinaria enseñanza del Doctor Darío Veretnik. Por esta razón, arrimamos hoy todo cuanto qué impugnar en una prueba de ADN.
Ocultamiento de documentos técnicos:
Un resultado de ADN no puede remitirse a una simple hoja escrita por un juez que "afirma lo que otro le dice". Una prueba completa debe contener la exhibición de los electroferogramas para un total control del trayecto de los alelos y su cálculo de intensidades que permiten asumir "que tal persona está dentro de la muestra". Cuando se ocultan estos documentos "por razones procesales" se produce lo que se llama una profunda sospecha sobre el material que supuestamente pretenden demostrar como levantado del lugar del hecho y del cuerpo en cuestión. 
Para el caso Rawson los lectores deberán saber que el juez Ríos no entregó a la defensa del imputado la totalidad de esta documentación. ¿Más de 120 muestras de ADN y sólo se cuentan con unos pocos folios de electroferogramas?
Otro punto débil de las pericias de adn son las tablas de frecuencias poblacionales. Por alguna razón oculta y que nosotros divulgamos en la publicación "Por qué el Laboratorio de Corach no puede acreditar la norma ISO 17025" desarrollamos ampliamente este aspecto 
  "En algunos casos, la ausencia de dichos aspectos motiva pedidos de impugnación de todo el informe, situación que suele resolverse elevando al Juzgado la información específica que es reclamada por alguna de las partes.
Entre los elementos técnicos,cuya ausencia en el informe pericial ha motivado pedidos de impugnación o explicaciones figuran los siguientes:
Detalles técnicos del trabajo de laboratorio.
Tabla de frecuencias poblacionales.
Fórmulas matemáticas utilizadas para el cálculo de los índices de parentesco.(o de inclusión)
Imagen electroforética o electroferograma."
Conservación de las muestras-Cadena de custodia
Otro aspecto insoslayable es la credibilidad de la conservación y custodia de las muestras. Dice el documento:"Al mismo tiempo, los análisis de laboratorio suelen iniciarse inmediatamente después de la extracción de dichas muestras, lo que disminuye aún más la posibilidad de contaminación y/o degradación."
¿Por qué razón he de creer que las muestras que me incriminan son esas y no de otra persona? y si todo es tan claro como dicen que fue, ¿por qué razón esperaron 7 días para realizar los test?
¿Esperaron ese tiempo para que se constituya la querella y de esa forma NADIE pueda cuestionar LOS OTROS PERFILES que aparecen en los dedos?
De los otros 6 perfiles, ¿NADIE PUEDE HABLAR? 
Intercambio de muestras
También se realizaron impugnaciones en ese sentido. Rotulado e identificación de la muestra resulta una condición esencial, AL IGUAL QUE LA SEPARACION DE PARTE DE LA MISMA PARA LA REPERICIA CORRESPONDIENTE. 
Por cierto, no hubo repericia de muestra correspondiente a A.R., lo cual aumenta la sospecha de adulteración de la muestra originaria en razón "de la infeliz semejanza entre la muestra de JM y la de la víctima". Como dijera el amigo Claw, "los hermanitos Jorge y Angeles"
Ausencia de la contraparte en la toma y control de las muestras
"A pesar de las ya mencionadas medidas para garantizar la identidad de las personas que se encuentran involucradas en los estudios de ADN. En un 28 % de las impugnaciones presentadas, se aducía como motivo para rechazar la pericia la falta de control durante la toma de muestras biológicas correspondientes a la contraparte"
Ud quiere saber la verdad, nosotros también. Si no quiere que nadie le cuestione su proceder judicial, haga las cosas como corresponde
Error de lectura del perfil 
Sin lugar a dudas el documento que citamos destina buena parte de su texto en explicar esta situación. 
"La posibilidad de que se produzcan errores de lectura de los perfiles genéticos es sin lugar a dudas un motivo de cuestionamiento que de comprobarse invalidaría las conclusiones obtenidas en la pericia de ADN. Potencialmente la probabilidad de fallas en la lectura aumenta cuando se obtienen perfiles a partir de muestras de material cadavérico que por lo tanto han estado expuestas a procesos de degradación biológica".
¿Cómo podrían producirse los errores de interpretación de perfil?
Cuando hay una sola muestra para cotejar o comparar, es probable que DELIBERADAMENTE se hayan omitido de informar QUÉ OTROS PERFILES SE ENCUENTRAN INVOLUCRADOS y la posibilidad cierta y segura de confusión de interpretación por poseer los mismos alelos que la persona que decidieron imputar .



 conclusión:

SI CORACH AFIRMÓ QUE NO HAY CONTAMINACIÓN
SI EL JUEZ SUSCRIBIÓ LO QUE DIJO CORACH
Esto quiere decir que por lo menos 8 (ocho) personas se encuentran en los dedos
POR LO TANTO, 
TODOS los perfiles son VÁLIDOS
Y si todos los perfiles son válidos...
Quiere decir 
QUE TODOS PUEDEN SER IMPUTABLES. 
¿Cómo dice ud?
¿Que el único que aparece es JM?
¿Y quién le dijo a ud que es el único?
¿Y quién dice que no es JM el que aparece en la muestra? 
Todo tan claro, todo tan prolijo, todo tan transparente, y se negaron a aceptar las pruebas que la defensa integrada por el Dr. Tenca acercaba para LLEGAR DE UNA VEZ POR TODAS A LA VERDAD?
¿Cómo dice ud??
¿Que NO QUIERE UD. SABER LA VERDAD? ¿Que se conforma con el cuento que inventaron? 
¿Ahora ya no quiere ud. saber la verdad?


Fuente: www.csjn.gov.ar/cmfcs/cuadernos/pdf/vol4_3_2006/Rennella.pdf